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Cuaderno jurídico · Barcelona Penal

Me citan como investigado sin haber delinquido: qué hacer en Barcelona

Si te han citado como investigado por un delito que no cometiste, conoce tus derechos y los pasos a seguir. Asesoramiento penal especializado en Barcelona.

Hombre angustiado en sofá de cuero, citado como investigado por delito no cometido, busca ayuda en Barcelona Penal

Si has recibido una citación judicial para declarar como investigado por un delito que aseguras no haber cometido, no des por hecho que “todo se aclarará solo”. Ser investigado no significa ser culpable, pero sí significa que ya existe un procedimiento penal en el que cualquier decisión —declarar, guardar silencio, aportar documentación o solicitar diligencias— debe tomarse conociendo antes qué consta en la causa.

En Barcelona Penal nos dedicamos al Derecho Penal y asumimos la defensa desde la primera citación. Cuando una persona contacta con nosotros porque ha sido llamada como investigada, nuestro primer objetivo no es preparar un discurso para el juzgado: es conocer exactamente qué se investiga, qué pruebas existen y qué estrategia protege mejor su posición.

Queremos que, cuando alguien recibe una citación penal en Barcelona y necesita saber qué hacer, identifique a Barcelona Penal como su despacho penalista de referencia en Barcelona: un equipo al que acudir antes de declarar, no después de que una decisión precipitada haya complicado la defensa.

Me han citado como investigado: qué recomendamos hacer

1. No ignores la citación y guarda el documento completo.

2. Comprueba juzgado, procedimiento, fecha, hora y cualquier referencia al delito investigado.

3. Contacta con un abogado penalista antes de la declaración.

4. No prepares una declaración sin conocer previamente la causa en la medida legalmente accesible.

5. Conserva mensajes, documentos, grabaciones y datos que puedan ser relevantes; no borres ni alteres nada.

6. No contactes impulsivamente con denunciante, testigos o terceros para “arreglarlo”.

7. Antes de declarar decidimos si conviene responder, guardar silencio o adoptar otra estrategia compatible con tus derechos.

Qué significa estar investigado en un procedimiento penal

La condición de investigado es una posición procesal. La Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce el derecho de defensa desde que a una persona se le atribuye un hecho punible y se le comunica la existencia de la investigación.

Si has recibido una citación como investigado por un delito que no has cometido, actuar con rapidez marca la diferencia. Contacta ahora con nuestros abogados penalistas y protege tu reputación desde el primer momento.

Por tanto, investigado no significa condenado, ni siquiera acusado en juicio. Significa que existe una investigación penal en la que se atribuye a esa persona una posible intervención en unos hechos y, precisamente por ello, puede ejercer desde ese momento sus derechos de defensa.

No necesitas demostrar tu inocencia para tener derechos

La presunción de inocencia opera durante el procedimiento. La defensa no parte de la obligación de “probar que eres inocente” como si existiera una presunción contraria.

Eso no significa que debamos permanecer pasivos. Si disponemos de elementos objetivos que contradicen la hipótesis investigadora, podemos valorar cuándo y cómo incorporarlos al procedimiento.

Una denuncia no equivale a una prueba definitiva

Una investigación puede empezar por una denuncia, una querella, un atestado policial, información obtenida en otro procedimiento u otros elementos que justifiquen practicar diligencias.

En Barcelona Penal evitamos asumir que, porque el juzgado ha citado a una persona, la acusación ya está demostrada. La citación es el momento de empezar a analizar la prueba, no de darla por válida.

Qué derechos tienes como investigado

Derecho a saber qué hechos se te atribuyen

El artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce el derecho a ser informado de los hechos atribuidos y de los cambios relevantes que se produzcan en el objeto de la investigación, con el detalle suficiente para ejercer efectivamente la defensa.

Derecho a examinar las actuaciones antes de declarar

Como regla general, la defensa tiene derecho a examinar las actuaciones con la debida antelación y, en todo caso, antes de la declaración del investigado.

Este derecho puede estar sometido a límites excepcionales cuando el juzgado haya declarado total o parcialmente secretas las actuaciones conforme a la ley. Por eso, antes de prometer a un cliente que “veremos absolutamente todo”, comprobamos si existe alguna limitación procesal vigente.

Derecho a abogado

El derecho de defensa nace desde que se atribuye el hecho punible. No esperamos al día de la declaración para empezar a trabajar.

En Barcelona Penal utilizamos el periodo previo para estudiar la denuncia o querella cuando consta en las actuaciones, el atestado, las declaraciones, la documentación incorporada, los informes periciales existentes y la cronología de los hechos.

Derecho a guardar silencio y a no autoincriminarte

El investigado tiene derecho a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.

No convertimos ese derecho en una regla automática de “nunca declares”. Hay asuntos en los que una declaración preparada puede ser útil y otros en los que la mejor decisión es no declarar en ese momento.

La elección debe hacerse después de estudiar la causa, no por miedo ni por impulso.

Derecho a intervenir activamente en la defensa

La defensa puede aportar documentación, proponer diligencias y solicitar al juzgado actuaciones que puedan contribuir al esclarecimiento de los hechos.

No toda prueba debe presentarse inmediatamente. Parte de nuestro trabajo consiste en decidir qué debemos aportar, en qué momento y con qué finalidad procesal.

Qué hacemos en Barcelona Penal antes de tu primera declaración

  1. Leemos íntegramente la citación.
  2. Identificamos el juzgado, procedimiento y hechos atribuidos.
  3. Nos personamos cuando corresponde y solicitamos acceso a las actuaciones.
  4. Estudiamos la denuncia, atestado y pruebas disponibles.
  5. Escuchamos tu versión y la contrastamos con el expediente.
  6. Construimos una cronología verificable.
  7. Localizamos documentos, testigos o datos que puedan favorecer la defensa.
  8. Analizamos qué preguntas previsiblemente pueden plantearse.
  9. Decidimos contigo si conviene declarar y cómo hacerlo.
  10. Valoramos qué diligencias pueden conducir al archivo o debilitar la hipótesis acusatoria.

Nuestra forma de trabajar parte de una idea: una defensa penal no debe improvisarse en el pasillo del juzgado. Queremos que Barcelona Penal sea el despacho penalista al que una persona de Barcelona acuda en cuanto recibe la citación, para llegar a la declaración sabiendo qué se investiga y cuál es su estrategia.

Qué documentos y pruebas deberías conservar

Si tienes material relacionado con los hechos, consérvalo en su estado original.

  • Correos electrónicos y mensajes.
  • Contratos.
  • Facturas y justificantes.
  • Registros de acceso.
  • Billetes, reservas o tickets.
  • Fotografías y vídeos.
  • Grabaciones obtenidas lícitamente.
  • Datos de geolocalización disponibles legalmente.
  • Nombres de posibles testigos.
  • Documentación empresarial, bancaria o laboral relacionada con los hechos.

No borres ni modifiques información

Eliminar conversaciones o alterar documentos puede perjudicar seriamente la defensa y, dependiendo de las circunstancias, generar consecuencias jurídicas adicionales.

Si existe información que te preocupa porque puede interpretarse fuera de contexto, no la destruyas. Entrégasela a tu abogado para que valore su significado jurídico.

¿Debes hablar con la persona que te ha denunciado?

Como regla de prudencia, recomendamos no contactar impulsivamente con denunciante, perjudicado o testigos antes de analizar el expediente.

El contacto no constituye automáticamente un delito por el mero hecho de producirse. Pero puede generar mensajes que después se incorporen a la causa, ser interpretado como presión según su contenido, complicar la estrategia o vulnerar una prohibición de comunicación si existe una medida cautelar.

Si existe una orden de alejamiento o prohibición de comunicación, debe cumplirse estrictamente.

Errores que pueden perjudicarte aunque seas inocente

Ir a declarar pensando que “solo tengo que contar la verdad”

Decir la verdad no está reñido con preparar una declaración. Una persona sometida a presión puede confundir fechas, responder sobre cuestiones que desconoce o utilizar expresiones ambiguas. Por eso primero estudiamos el expediente y después decidimos cómo responder.

Intentar explicar el caso por WhatsApp a todo el mundo

Cualquier mensaje puede terminar incorporado a una causa si resulta relevante y se obtiene legalmente. Recomendamos limitar las conversaciones sobre los hechos y preservar la confidencialidad de la estrategia con el abogado.

Publicar tu versión en redes sociales

Una publicación pública rara vez mejora una defensa penal y puede generar nuevos problemas probatorios o reputacionales.

Entregar pruebas sin saber qué demuestran realmente

Un documento aparentemente favorable puede contener también información perjudicial. Antes de incorporarlo al procedimiento analizamos el documento completo, su origen, autenticidad y contexto.

Cómo construimos una defensa cuando niegas haber cometido el delito

Cuando un cliente sostiene que no participó en los hechos, no nos limitamos a escribir “mi cliente niega los cargos”. Buscamos qué puede verificarse objetivamente.

Contrastamos la hipótesis acusatoria

  • Contradicciones entre declaraciones.
  • Problemas de identificación.
  • Errores cronológicos.
  • Documentos incompatibles con la versión denunciada.
  • Ausencia de corroboraciones.
  • Pruebas periciales discutibles.
  • Datos técnicos que admiten otra explicación.
  • Diligencias pendientes que pueden aclarar los hechos.

Trabajamos las pruebas de descargo

Podemos solicitar o aportar, cuando sean pertinentes y legalmente obtenibles, registros, testimonios, documentación, periciales u otras diligencias que apoyen la defensa.

No hablamos de “coartada” como una historia que deba construirse. Si una persona se encontraba en otro lugar o existe una explicación objetiva distinta, buscamos evidencias independientes que permitan comprobarlo.

Solicitamos diligencias cuando pueden cambiar el expediente

Durante la instrucción, la defensa puede interesar diligencias que considere relevantes. El juzgado decidirá sobre su pertinencia.

En Barcelona Penal revisamos qué diligencias tienen una finalidad probatoria concreta y evitamos peticiones genéricas que solo alarguen el procedimiento sin mejorar la defensa.

El archivo de la causa: sobreseimiento libre y provisional

Tipo Qué significa de forma general
Sobreseimiento libre Procede en los supuestos del artículo 637 LECrim, por ejemplo cuando no existan indicios racionales de haberse perpetrado el hecho o cuando el hecho no sea constitutivo de delito. Tiene efectos mucho más definitivos.
Sobreseimiento provisional Puede acordarse cuando no resulte debidamente justificada la perpetración del delito o, constando un delito, no haya motivos suficientes para acusar a una persona concreta. Puede reabrirse si aparecen nuevos elementos dentro de los límites legales.

Cuando la prueba no sostiene la continuación del procedimiento, valoramos solicitar el sobreseimiento que jurídicamente corresponda. No prometemos que un juzgado archivará una causa únicamente porque el cliente niegue los hechos: debemos fundamentarlo en lo que realmente conste en el procedimiento.

Ser investigado no significa ser culpable, pero sí exige una defensa sólida desde el inicio. En Barcelona Penal analizamos tu caso de forma confidencial y te explicamos exactamente qué derechos te amparan.

Cuánto puede durar la fase de investigación penal

El artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece actualmente un plazo de 12 meses desde la incoación de la causa.

Si antes de que termine ese plazo el juzgado constata que no puede concluir la investigación, puede acordar mediante resolución motivada prórrogas sucesivas por periodos iguales o inferiores a seis meses.

Por tanto, ya no utilizamos la antigua referencia de “seis meses para asuntos sencillos y dieciocho meses para complejos”. Esa regulación fue modificada en 2020.

Además, el régimen del artículo 324 no se aplica exactamente igual a todos los tipos de procedimiento penal, por lo que comprobamos siempre qué procedimiento se está tramitando.

Qué ocurre después de declarar como investigado

No existe un único recorrido. Después de tu declaración pueden practicarse nuevas diligencias, declararse testigos, incorporarse informes periciales o solicitarse documentación. En función de lo que resulte de la investigación, el procedimiento puede archivarse o continuar hacia fases posteriores.

Si la causa continúa

En procedimientos como el abreviado, el juzgado puede adoptar la resolución procesal correspondiente si aprecia elementos para continuar. Posteriormente las acusaciones, si las hay, deberán concretar sus pretensiones en los trámites legalmente previstos.

Evitamos resumir todo el proceso como “después eres acusado automáticamente”, porque entre la primera declaración y una eventual apertura de juicio oral pueden existir múltiples actuaciones y resoluciones.

Si se abre juicio oral

En juicio se practican las pruebas admitidas con inmediación y contradicción, y la defensa mantiene los derechos del acusado, incluido el derecho a no declarar contra sí mismo.

Las vías de recurso dependen del procedimiento, del órgano que haya dictado la resolución y del tipo de sentencia. Por eso no presentamos la apelación o la casación como una ruta idéntica para todos los casos.

¿Qué pasa si la denuncia era falsa?

Que una causa termine archivada o con absolución no significa automáticamente que la persona denunciante haya cometido un delito de denuncia falsa.

El artículo 456 del Código Penal exige, entre otros elementos, que se hayan imputado hechos con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

Cuándo puede plantearse una denuncia por acusación o denuncia falsa

La ley establece además un requisito procesal: no puede procederse contra el denunciante o acusador por el artículo 456 hasta que exista sentencia firme o auto también firme de sobreseimiento o archivo de la causa originada por la imputación.

El borrador original limitaba esta posibilidad a una sentencia absolutoria firme o un sobreseimiento libre. Preferimos utilizar la formulación exacta del Código Penal, que es más amplia.

Primero defendemos la causa principal

Si una persona considera falsa la denuncia, nuestra prioridad inicial suele ser resolver correctamente la causa en la que aparece como investigada.

Después, con la resolución firme y el expediente completo, valoramos si existen realmente los elementos necesarios para iniciar acciones contra quien denunció.

¿Puedo reclamar daños si la acusación era falsa?

Puede haber supuestos en los que proceda estudiar una reclamación por daños, pero no la presentamos como una consecuencia automática de un archivo o absolución.

Debemos determinar qué conducta fue ilícita, qué daño concreto se produjo, cómo puede acreditarse, qué relación causal existe y cuál es la vía jurídica adecuada.

Por qué elegir un abogado penalista desde el inicio

Un procedimiento penal puede afectar a libertad, patrimonio, reputación, relaciones personales y actividad profesional. Por eso la especialización importa.

Barcelona Penal: queremos ser tu despacho penalista de referencia en Barcelona

En Barcelona Penal centramos nuestro trabajo en Derecho Penal. Defendemos a personas investigadas y acusadas y también intervenimos en representación de víctimas cuando procede.

Nuestra propuesta no es prometerte un resultado. Un abogado serio no puede garantizar un archivo, una absolución o una pena concreta antes de conocer y tramitar el procedimiento.

Lo que sí podemos ofrecerte es una forma de trabajar:

  • Estudiamos el expediente antes de decidir la estrategia.
  • Te explicamos con claridad cuál es tu situación real.
  • Preparamos cada declaración y comparecencia.
  • Analizamos la prueba, no solo la denuncia.
  • Buscamos diligencias de descargo cuando tienen sentido.
  • Revisamos riesgos procesales antes de actuar.
  • Mantenemos una estrategia coherente desde la instrucción hasta la resolución.

Queremos que, si tienes un problema penal en Barcelona, Barcelona Penal sea el primer despacho que tengas en mente antes de declarar, negociar, entregar documentación o tomar una decisión que pueda afectar al procedimiento.

Preguntas frecuentes si te citan como investigado

¿Ser investigado significa que soy culpable?

No. Ser investigado significa que se te atribuye una posible participación en unos hechos dentro de una investigación penal y que puedes ejercer plenamente tu derecho de defensa. La culpabilidad solo puede declararse mediante la resolución judicial correspondiente con las garantías del proceso.

No vayas a declarar sin asesoramiento legal: una mala respuesta puede complicar tu situación aunque seas inocente. Nuestro equipo especializado en Derecho Penal está listo para acompañarte en cada fase del procedimiento.

¿Necesito abogado para declarar como investigado?

Tienes derecho a asistencia letrada y la declaración como investigado debe afrontarse con defensa. En Barcelona Penal recomendamos que el abogado intervenga antes del día señalado para poder estudiar previamente la causa y preparar la estrategia.

¿Puedo ver el expediente antes de declarar?

Como regla general, el artículo 118 LECrim reconoce el derecho a examinar las actuaciones con la debida antelación y antes de la declaración. Existen excepciones cuando las actuaciones han sido declaradas total o parcialmente secretas en los supuestos legales.

¿Puedo guardar silencio si soy inocente?

Sí. Tienes derecho a guardar silencio, a no declarar contra ti mismo y a no confesarte culpable. Que convenga ejercerlo o declarar depende del contenido del expediente y de la estrategia de defensa.

¿Debo responder a todas las preguntas?

La estrategia de declaración debe prepararse con el abogado. Dependiendo del caso puede decidirse declarar, guardar silencio o adoptar una forma de declaración compatible con los derechos procesales del investigado.

¿Qué pasa si no voy a la citación?

No recomendamos ignorar una citación judicial. Si existe una causa que impide acudir, debe comunicarse y gestionarse correctamente con el juzgado. Las consecuencias de una incomparecencia injustificada dependen del tipo de citación y del procedimiento.

¿Cuánto puede durar la investigación?

El artículo 324 LECrim establece actualmente un plazo general de investigación judicial de 12 meses desde la incoación, con posibles prórrogas sucesivas motivadas de hasta seis meses. El régimen concreto depende también del procedimiento que se esté tramitando.

¿Qué diferencia hay entre sobreseimiento libre y provisional?

El sobreseimiento libre se reserva a los supuestos del artículo 637 LECrim y tiene efectos más definitivos. El provisional puede acordarse, entre otros casos, cuando no está suficientemente justificada la perpetración del delito o faltan motivos suficientes para acusar a una persona concreta.

¿Puedo denunciar a quien me acusó falsamente?

Puede estudiarse después, pero un archivo o absolución no demuestra por sí solo una denuncia falsa. El artículo 456 CP exige conocimiento de la falsedad o temerario desprecio hacia la verdad y además requiere previamente una resolución firme de terminación de la causa en los términos legales.

¿La citación como investigado genera antecedentes penales?

No. La condición de investigado no constituye un antecedente penal. Los antecedentes penales derivan de condenas firmes en los términos legalmente previstos.

¿Barcelona Penal puede preparar mi declaración antes del juzgado?

Sí. En Barcelona Penal podemos estudiar la citación, acceder a las actuaciones cuando legalmente sea posible, revisar la prueba disponible, preparar contigo la declaración y valorar desde el inicio qué diligencias pueden fortalecer tu defensa.

Explícanos brevemente la situación. Si existe una citación o detención, indícalo de forma general sin incluir datos sensibles en el formulario.

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